Por incumplimiento de ley Nro 28806 - Dirección Regional de Trabajo Pasco multa a Municipalidad de Huariaca con s/ 138.000.00 nuevos soles

Por incumplimiento de ley Nro 28806 - Dirección Regional de Trabajo Pasco multa a Municipalidad de Huariaca con s/ 138.000.00 nuevos soles

 

Huariaca 01 de Febrero del 2012.- A raíz del despido de tres trabajadores que laboraban en la obra Construcción De Tribunal Principal, del Estadio Augusto Lagos, se iniciaron las denuncias, dichos obreros fueron despedidos arbitrariamente por el ex gerente municipal, Walter Mendoza Jaime, denunciaron este acto ante la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo Pasco.
Ante esta denuncia interpuesta por los trabajadores; la Dirección Regional de Trabajo Pasco, dispuso dos inspectores, para que realizaran una intervención en la obra antes indicada, el mismo que se llevo a cabo el pasado martes 13 de diciembre de 2011, donde encontraron  las siguientes deficiencias muy graves en la obra, de acuerdo a la ley general de trabajo Nº 28806.
DEFICIENCIAS ENCONTRADAS EN LA OBRA INTERVENIDA, - CONSTRUCCION DE TRIBUNA PRINCIPAL “.
D.S Nº 001-98-TR Y D.S  Nº 018-2007-TR, normas reglamentarias relativas a obligación de empleadores de llevar planilla de pago electrónica y registrar en la misma a sus trabajadores, así como otorgar sus respectivas boletas d pagos.
D.S del 2-03-1945 convenio colectivo de la rama de construcción civil; Si la empleadora viene efectuando el pago de remuneraciones a sus trabajadores obreros con los salarios establecidos para el Régimen de Construcción Civil vigente.
D.S del 2-03-1945, D.L Nº 713; Si la empleadora viene efectuando el pago de remuneraciones, por trabajos realizados durante el descanso semanal y feriados no laborables, a sus trabajadores.
R.S.D Nº 258-77, R.S.D Nº 531-81, R.S.D Nº 479-82, R.D Nº 1352-82, Si la empleadora viene efectuando  el pago de las gratificaciones por fiestas patrias y navidad a sus trabajadores.
 R.M. Nº 009-97-SA, Si la empleadora ha cumplido a registrarse como empresa que desarrolla actividades de Alto Riesgo  y si viene cumpliendo con los aportes del S.C.T.R. de salud (EsSalud ONP)y pensiones(Compañías de Seguros) de modo mensual desde el inicio hasta el último periodo.
 
D.S  Nº 42-F del 22-05-64 y D.S Nº 49-82-ITI/IND y sus modificatorias; Si cuenta con su reglamento interno de Seguridad y Salud en el Trabajo y conformación de un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, así  como el cargo de entrega de los equipos de Protección Personal a sus trabajadores y el Plan de Seguridad de obra en ejecución.
D.S Nº 004-2007-TR y normas conexas,  Acreditar su Registro Nacional de Empresas Contratistas y Subcontratistas de construcción civil, otorgador por la Autoridad Administrativa de Trabajo.
Por estas  infracciones que los inspectores de trabajo encontraron en la tan anhelada obra del colorido Alcalde Leoncio Luquillas Puente.  Dejaron una Constancia de Actuación Inspectiva de Investigación. Ahora por esta chistosada de la autoridad edil, y quienes sean los responsables, la Dirección Regional de Trabajo Pasco, puso una multa a la municipalidad distrital de Huariaca, por la suma de aproximadamente, nada menos que de S/ 138.000.00 Soles. La pregunta que se desprende es, ¿con que presupuesto se pagara la multa?.
Cabe indicar que según fuentes confiables, se supo que la municipalidad tenía una cita de comparecencia para el  veinte (20), de diciembre del año pasado, del cual no asistieron. Es por ello que el 9 de enero ingresó la cedula de notificación de la sanción o multa y desde esa fecha, quince días hábiles, para hacer la apelación a la multa, plazo que venció el día lunes 30 de enero pero como al parecer no le interesara nada el dinero del pueblo al burgomaestre, ya que no hizo apelación alguna.
Finalmente como es obvio este presupuesto podría bien ser utilizado en alguna obra de envergadura que sería de bienestar para toda la población huariaqueña.
Fuente: Pascoaldia